Al contrario de lo que opina mi madre, quien dice que lo de Nano es por Fernando Alonso (de quien es fan número 1), mi perro lleva ese nombre en alarde a su tamaño.
Del mismo modo que el Ipod Nano de Apple es nano por pequeño, mi perro lleva por nombre Nano porque fue el más enano de la camada. Más bien, fue una cría raquítica a la que le faltó oxígeno al nacer, lo que provocó que su estatura no fuese como la de sus hermanos.
Aclarado lo del nombre del cánido, voy ahora con lo de las microcacas pues estoy convencida de que este tema es el que le ha llevado a abrir este artículo y ver a qué me refiero cuando junto microcacas con perro enano.
Esta mañana he ido a pasear con el NanoPerro, y como cada día, en el mismo punto del mismo recorrido, Nano se ha parado al pie del segundo árbol que está doblando la esquina del Centro Social, después de pasar los contenedores de basuras.
Yo iba como unos tres metros por delante cuando caí en la cuenta de que el perro no me seguía, así que me di la vuelta y lo vi ahí, todo encorvado y haciendo fuerza... Eché la mano al bolso para coger la cartera de las bolsas para cacas de mascotas, pero recordé que se habían terminado... ¡Cachis! Miré si tenía pañuelos de papel, pero nada... Entonces hice un barrido circular con la vista a ver si alcanzaba a ver en los buzones de los portales de los edificios folletos publicitarios, y nada... A estas alturas ustedes ya se habrán dado cuenta de en qué apuro me encontraba.
Entonces recordé aquel ejemplar del Texto Refundido de la Ley de Propietarios de Cacas de Mascotas, que pretendía unificar y modernizar las leyes 1, 5, 8, 33, 212, y 765 del 450 a.c., en la que se decía en su artículo 8 que todo aquel que se separase más de un metro de su caca perdía su custodia y esta pasaba a la del barrendero de turno, el cuál tendría que hacerse cargoo de ella.
Según este artículo, la microcaca ya no era de Nano, porque ya se había separado 5 metros por lo menos, pero seguía siendo mía... Y ahora es cuando ustedes podrían pensar que opté por marcharme y dejarla ahí, para que se hiciese cargo de ella el barrendero de turno. Pues no. Pero me daba miedo separarme de ella lo suficiente como para que mis vecinos pensasen que la había abandonado, si me iba a buscar algo con qué recogerla, tardando más de la cuenta.
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No piensen que este artículo 8 del Texto Refundido de la Ley de Propietarios de Cacas de Mascotas está escrito para que cualquiera pueda desprenderse de las cacas de sus mascotas con alegría y alboroto. No. Está escrito para que el que tenga intención de hacerlo piense que va a pasarle la pelota a otro que no tiene culpa.
Pues nada, que di unos pasos y en un buzón de un portal de un edificio encontré un pequeño folleto arrugado... ¡Uf! Mi salvación... Pero por un momento pensé que tendría que abandonar allí aquel abono para plantas.
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Comentarios
Y sí, esas situaciones son motivo de agobio...y te pregunttas ...¿y si la abandono, cediéndosela al barrendero,me verá alguien?..¿no me verá?....ayyyy...Y mientras, el perro tan tranquilo...Bien por Nano!!!
Empecé a leer el nombre y me vino a la cabeza el 'Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas' Si no llego a fijarme bien en que pone '...de la Ley de Propietarios de Cacas...' me voy a la Ley de S.A. a ver si el artículo 8 dice eso realmente!!
¡Hay madre! ¡Si te oye la barrendera...!
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